Cambios en el código de circulación

El próximo año habrá cambios en el código de circulación y uno de los principales afecta a la velocidad máxima en carreteras convencionales. La DGT quiere bajarla de 100 km/h a 90 km/h en unos 7.000 kilómetros de vías secundarias y el Ministerio del Interior prevé que la norma entre en vigor el 2 de enero de 2019.

Límites de velocidad

La reducción propuesta por el real decreto supone igualar los límites de velocidad en todas las carreteras convencionales, que es donde se produce un 75% de los accidentes mortales. En todos los casos la velocidad máxima será de 90 km/h para coches y motos, y 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones.

Sanciones más estrictas

Tráfico prevé castigar más duramente los excesos de velocidad en carreteras secundarias limitadas a 90 km/h. Circular a 111 km/h en esas vías supondría dos puntos menos en el carné y 300 euros de multa (esas sanciones se aplican ahora a partir de 121 km/h).

Utilizar el móvil

En la misma línea, conducir utilizando el teléfono móvil con la mano (para hablar o cualquier otra funcionalidad) supondrá perder seis puntos (por los tres de ahora). Esa conducta quedará equiparada a conducir borracho o drogado, negarse a hacer la prueba de alcohol o drogas, conducir de forma temeraria, superar por más del 50% el límite de velocidad o llevar inhibidores de radar.

Elementos de seguridad

La DGT también plantea incrementar la detracción de puntos por no llevar puesto el cinturón de seguridad, el casco o el sistema de retención infantil, que pasarán de tres a cuatro puntos menos en el carnet.

Cursos de recuperación

En la intención de Tráfico también está premiar a los conductores que quieran mejorar su conducta. De este modo, superar un curso de recuperación parcial de puntos sumará ocho puntos en el carnet, en lugar de los seis actuales.

Ya sabes… nuevo año, nueva normativa! Ponte al día y… feliz 2019!

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